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3.4. El plazo de resolución para la concesión de las ayudas será de 20 días naturales a partir de la fecha límite de recep- ción de solicitudes en cada una de las dos convocatorias anu- ales publicándose en la web de AC/E la lista provisional de entidades anfitrionas beneficiarias y sus candidatos visitantes aceptados.3.5. La relación definitiva de entidades anfitrionas y visitantes beneficiarios de las ayudas se publicará en la web de AC/E http://www.accioncultural.es/es/progPICE finalizado el plazo de aceptación de las ayudas referidas en el punto 4.1, tras la correspondiente decisión adjudicataria final del órgano directivo competente de AC/E.4. Obligaciones de los beneficiarios4.1. Las entidades anfitrionas adjudicatarias de las ayudas deberán aceptar las mismas en el plazo de diez días tras la publicación referida en punto 3.4, y se comprometen a aceptar el contenido de estas bases y cumplir con las obliga- ciones derivadas de las mismas (así como resolver satisfactori- amente cualquier requisito, procedimiento o exigencia admin- istrativos necesarios para el eficaz cumplimiento de los obje- tivos de estas ayudas de acuerdo con dichas bases).4.2. Las visitas propuestas que resulten beneficiarias de las ayudas deberán realizarse en el plazo no superior a un año,26Resultados ‘14