Page 124 - Anuario AC/E de cultura digital 2026
P. 124
Anuario AC/E de cultura digital 2026
4.1. Sesgos de género en inteligencia
artificial: una inquietud global
El subsector español de literatura infantil y
juvenil (LIJ) es el único donde la autoría femenina
es mayoritaria, una particularidad que lo hace
altamente sensible a los sesgos de la inteligencia
artificial (IA).
Según el Anuario de estadísticas culturales 2024,
las mujeres representan el 18,9 % de los autores
frente al 7,7 % de los hombres en este segmento.
Los modelos de IA generativa, al entrenarse con
datos masivos que reflejan las desigualdades
sociales, pueden involuntariamente perpetuar
estereotipos. Un taller del ODSLab en España,
que involucró a menores de nueve a dieciséis
años, demostró que al pedir a modelos de IA
que crearan historias sobre individuos, tendieron
a asignar «trabajos más diversos y prestigiosos
a los personajes masculinos, como ingeniero,
profesor o médico, mientras que a las mujeres
les reservaba papeles de “empleada doméstica”,
“cocinera” o “prostituta”» (ODSLab, 2024).
Si la IA identifica patrones históricos o sociales
que asocian las obras de mujeres con ciertos
temas (como emociones o cuidados), puede es-
tereotipar la producción y reforzar estos clichés,
limitando la percepción de la diversidad temática
escrita por autoras de LIJ. Como consecuencia,
se priorizarían los contenidos que confirman el
patrón sesgado en las recomendaciones, afec-
tando la equidad y la pluralidad cultural ofrecidas
a los jóvenes lectores.
La experta en IA Nerea Luis señala que «la
inteligencia artificial como tal no tiene sesgo de
género, sino que somos nosotros mismos los que
vamos introduciendo orientaciones determina-
das cuando vamos incorporando nuevos datos»
(ODSLab, 2024). Esto subraya la necesidad de
una supervisión humana y la gestión de datos
inclusivos.
4.2. Marco regulatorio: la protección
de los/las autoras de LIJ
La defensa de la propiedad intelectual (PI) de los
autores de literatura infantil y juvenil (LIJ) frente
al uso no compensado de sus obras mediante
minería de texto y datos (TDM) se aborda a
través del nuevo Reglamento europeo de inteligen-
cia artificial (AI Act). La AI Act aborda dos ejes
críticos para el sector:
1. Gestión ética y reducción de sesgos
En su artículo 10, la norma enfatiza la obligación
de adoptar medidas adecuadas para detectar,
prevenir y reducir sesgos en los conjuntos de
datos de entrenamiento. Este requisito es vital
para contrarrestar la preocupación en LIJ sobre la
posible amplificación de estereotipos de género
en los contenidos promovidos por la IA.
2. Protección de la propiedad intelectual
(PI)
Respecto a la PI, la AI Act establece una «protec-
ción mínima para los derechos de autor» (Cedro,
2024), concretada en dos obligaciones para los
proveedores de IA:
•
Transparencia (resúmenes detallados): En
este nuevo escenario, la legislación busca
proteger la esencia de la creación humana
frente al avance tecnológico. Por un lado,
como señala Sanjuán Rodríguez (2019), el
ordenamiento jurídico español y europeo
mantiene que la propiedad intelectual es
una prerrogativa exclusiva del ser humano,
exigiendo la intervención de una persona na-
tural para reconocer la autoría de una obra.
Sin embargo, ante el avance de los modelos
generativos, este enfoque tradicional se
complementa ahora con nuevas obligaciones
para las máquinas. Según destaca Cedro
(2024), el reciente Reglamento europeo de IA
introduce un imperativo de transparencia
crucial: la obligación de que los proveedores
de modelos de IA publiquen «resúmenes
124
La LITERATURA INfANTIL y JUVENIL EN LA ERA ALGORíTMICA…
·
PAULA GONzALO

