Page 31 - Anuario AC/E de cultura digital 2025
P. 31
las sospechas sobre este tipo de entrenamientos
están sobre la mesa.
El respeto por estos derechos relacionados con
la autoría se extiende hasta la creación de obras
híbridas o totalmente generadas con inteligencia
artificial. En este sentido, la Ley de Propiedad
Intelectual (LPI) de España establece que solo las
obras creadas por personas naturales pueden ser
protegidas por derechos de autor (art. 5 LPI) y
que estas deben ser «creaciones originales» (art.
10.1 LPI). Esto sugiere que las obras generadas
por IA no están cubiertas por esta protección
legal. Un ejemplo de esta política fue la reciente
negativa a conceder derechos de autor a Iris:
primera novela escrita por inteligencia artificial,
según la Resolución del 14 de marzo de 2023 (MA
Abogados, 2023). Esta legislación destaca la dis-
tinción entre la creatividad humana y la generada
por máquinas, planteando interrogantes sobre
la atribución y reconocimiento de obras creadas
con la ayuda de IA.
Este aspecto subraya la necesidad de regular la
inteligencia artificial para gestionar y garantizar
el reconocimiento del uso de contenido prote-
gido por derechos de autor, especialmente en
creaciones realizadas mediante IA.
En este contexto, la Ley de Inteligencia Artificial
de la UE4 ha dado un paso importante al exigir
a estos sistemas que presenten documentación
técnica, cumplan con la legislación de derechos
de autor y proporcionen un resumen detallado
de los contenidos utilizados para entrenar el mo-
delo. Además, la ley obliga a señalar cuándo un
contenido ha sido creado por IA, con el objetivo
de prevenir el uso indebido de la inteligencia
artificial para generar y difundir desinformación y
noticias falsas.
4 https://protecciondatos-lopd.com/empresas/inte-
ligencia-artificial-derechos-autor/#Denuncias_so-
bre_inteligencia_artificial_y_propiedad_intelectual
Dilema de la «comprensión» de la IA
Retomando estas consideraciones éticas, no
debemos olvidar, como exponíamos al mencio-
nar el experimento mental de John Searle (La
habitación china, 1980), que estos modelos de
lenguaje realmente no «comprenden» el diálogo,
solo manipulan símbolos para obtener respuestas
verosímiles en estos diálogos artificiales. Searle
argumenta que, aunque una IA pueda simular
una conversación coherente, no posee una
comprensión genuina del contenido. Este dilema
filosófico cuestiona la naturaleza misma de la
inteligencia artificial y sus capacidades cogniti-
vas, destacando la diferencia entre la aparente
inteligencia y la verdadera comprensión. Este
punto es fundamental para entender que la
reflexión humana debe estar siempre acompa-
ñando y velando por las implicaciones de este
tipo de propuestas.
Sesgos y desinformación
Los modelos de lenguaje de IA están entrenados
con grandes volúmenes de datos provenientes
de diversas fuentes, lo que, como hemos seña-
lado, puede introducir sesgos culturales, sociales
y de género en sus respuestas. La pedagoga
afroamericana bell hooks (1952-2021) generó un
legado de suma importancia para explorar la
interseccionalidad de la raza, el capitalismo y el
género, y lo que ella describió como su capacidad
para producir y perpetuar sistemas de opresión
y dominación de clase. Hooks señaló la impor-
tancia de crear espacios educativos inclusivos,
equitativos y que estimulen el intelecto de los y
las jóvenes. En la introducción de su libro Enseñar
a transgredir. La educación como una práctica de
la libertad (1994), apunta:
... el placer de enseñar es un acto de resistencia
que contrarresta el aburrimiento, la falta de interés
y la apatía apabullantes que con tanta frecuencia
caracterizan el modo en que profesores y estudian-
tes viven la enseñanza y el aprendizaje, la experien-
cia del aula (hooks, 1994).
Anuario AC/E de cultura digital 2025
ANUARIO AC/E DE CULTURA DIGITAL 2025
31